Régimen fiscal aplicable en la región a vehículos de inversión: entre la opacidad y la transparencia

La Conferencia mensual exclusivamente para asociados de IFA Perú, se llevó a cabo en su formato VIRTUAL, el miércoles 7 de julio de 2021, en el horario de 16:00 a 17:15 horas, y trató el tema:

RÉGIMEN FISCAL APLICABLE EN LA REGIÓN A VEHÍCULOS DE INVERSIÓN: ENTRE LA OPACIDAD Y LA TRANSPARENCIA

La Conferencia tuvo como expositores a los doctores:

Erik Lind
DLA Piper (Perú)

Ignacio Gepp
Puente Sur (Chile)

Carlos García
Posse, Herrera & Ruiz (Colombia)

Los vehículos de inversión en el Perú (fondos o fideicomisos, por ejemplo) no tienen la condición de contribuyentes del Impuesto a la Renta, siendo que dicha condición recae en los partícipes, fideicomitentes o en los beneficiarios de los resultados del vehículo, de ser el caso.

Ahora, la transparencia de los vehículos de inversión no es unánime en la región, siendo que se puede tratar de vehículos opacos en ciertas jurisdicciones (como lo veremos en Chile y en Colombia).  La referida opacidad puede generar complicaciones al momento de armonizar tratados fiscales (como el CDI Perú – Chile o la Decisión 578 de la CAN) que buscan evitar o mitigar la doble imposición internacional.  El hybrid mismatch que se puede generar por la dinámica transparencia/opacidad de los vehículos de inversión está en la agenda de la OECD y es parte de las acciones del Plan BEPS.  La SUNAT ha emitido los Informes Nos. 137-2020-SUNAT/7T0000; 143-2020-SUNAT/7T0000 y 144-2020-SUNAT/7T0000 donde aborda el tema.  Analizamos la posición de la SUNAT junto con nuestros expositores internacionales, quienes también compartieron la postura de las administraciones tributarias en sus respectivos países.

Además, nos referimos a la condición de persona jurídica, y ente opaco, de las “entidades de cualquier naturaleza” que se constituyen en el exterior en la medida que éstas generen renta de fuente peruana como lo dispone la legislación del Impuesto a la Renta.  Esta disposición tiene consideraciones relevantes en la atribución de rentas a partícipes o inversionistas o en el diferimiento en el reconocimiento del ingreso, lo que puede tener impacto también en las normas de transparencia fiscal internacional y en la tributación en otras jurisdicciones.

La conferencia tuvo un enfoque bastante práctico, donde analizamos la casuística desde las tres jurisdicciones que están representadas en el panel, por los doctores Erik Lind, por Perú; Ignacio Gepp, por Chile; y, Juan David Velasco, por Colombia.

La Conferencia fue moderada por nuestro Director el doctor Juan Pablo Porto Urrutia.

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